El PSOE denuncia la candidatura del PP por supuesta inelegibilidad de dos de sus integrantes

ELECCIONES 29N

Los socialistas sostienen ante la Junta Electoral que los consejeros Peñalver y Benzina no pueden concurrir al Congreso mientras mantengan sus responsabilidades institucionales y reclama que no sean proclamados candidatos

Los consejeros Martínez-Peñalver y Benzina en imágenes de archivo
Los consejeros Martínez-Peñalver y Benzina en imágenes de archivo | E.P.
S.C.
30 oct 2026 - 13:25

El PSOE ha presentado una denuncia ante la Junta Electoral Provincial de Ceuta contra la candidatura del Partido Popular al Congreso de los Diputados para las elecciones generales del próximo 29 de noviembre. La formación socialista cuestiona la presencia en la lista de Rafael Martínez-Peñalver Mateos, consejero de Urbanismo y Transportes, y de Nabila Benzina Pavón, consejera de Sanidad y Servicios Sociales, al considerar que sus actuales responsabilidades en el Gobierno de la Ciudad les impiden concurrir a los comicios.

El escrito, firmado por Sandra López Cantero, representante general del PSOE, está fechado el 29 de octubre y plantea la impugnación de ambos nombres por una posible causa de inelegibilidad recogida en la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG). Peñalver figura como número uno de la candidatura popular por Ceuta, mientras que Benzina aparece como primera y única suplente.

La denuncia sostiene que los dos forman parte del máximo órgano de Gobierno de la Ciudad Autónoma y que, en el momento de presentar el escrito, no se había producido ninguna modificación en la estructura del Ejecutivo local que implicase su cese. Por este motivo, los socialistas consideran que su inclusión en la candidatura vulnera la legislación electoral.

El argumento jurídico del PSOE se basa principalmente en el artículo 154.2 de la LOREG, que establece que no son elegibles para el Congreso de los Diputados los presidentes y miembros de los consejos de Gobierno de las comunidades autónomas, así como determinados cargos de libre designación y miembros de instituciones autonómicas.

La formación socialista interpreta que esta limitación también afecta a los integrantes del Gobierno de Ceuta. En su escrito, reproduce el contenido del precepto y sostiene que la prohibición alcanza a quienes forman parte de los órganos ejecutivos de las comunidades y ciudades autónomas.

Como respaldo a esta interpretación, la denuncia cita el acuerdo 747/1999 de la Junta Electoral Central, que resolvió una consulta sobre la incompatibilidad entre la condición de diputado del Congreso y la de presidente de la Ciudad Autónoma de Ceuta. Según recoge el documento, aquel acuerdo concluyó que, conforme al artículo 154.2 de la ley electoral, los presidentes y miembros de los consejos de Gobierno de las comunidades autónomas no son elegibles para el Congreso.

El PSOE añade que el artículo 155.1 de la misma norma establece que las causas de inelegibilidad de los diputados y senadores también lo son de incompatibilidad. De esta forma, considera que la situación de Peñalver y Benzina encaja en los supuestos que impiden su concurrencia electoral mientras continúen en sus actuales puestos.

La denuncia insiste en que, a fecha de presentación del escrito, no se había comunicado ningún cambio en la composición del Gobierno de la Ciudad que acreditase la salida de ambos consejeros. Por ello, entiende que los dos candidatos se encuentran afectados por la causa de inelegibilidad que invoca.

Un plazo de 48 horas para corregir irregularidades

El PSOE solicita que la Junta Electoral aplique el procedimiento previsto en el artículo 47 de la LOREG para las candidaturas en las que se aprecien irregularidades. Este precepto establece que, una vez presentadas las listas, las juntas electorales deben comunicar a los representantes de las formaciones políticas los defectos detectados, tanto de oficio como a raíz de las denuncias formuladas por otros representantes.

La ley contempla un plazo de 48 horas para subsanar esas irregularidades. Transcurrido ese periodo, las juntas electorales deben proceder a la proclamación de candidatos, sin que pueda proclamarse una candidatura que incumpla los requisitos establecidos en la legislación electoral.

En este caso, la representante socialista pide que se comunique al PP la irregularidad que atribuye a la presencia de los dos consejeros y que, una vez cumplido el trámite de subsanación, se declare que Rafael Martínez Peñalver y Nabila Benzina no pueden ser proclamados candidatos por la circunscripción de Ceuta.

La denuncia va un paso más allá y solicita que, si la situación no se corrige, tampoco se proclame la candidatura del Partido Popular al Congreso por Ceuta. Se trata de una petición formulada por el PSOE, cuya aplicación deberá determinar la Junta Electoral Provincial.

La candidatura fue publicada en el BOE el 28 de octubre

El escrito recuerda que la convocatoria de las elecciones generales del 29 de noviembre se produjo mediante el Real Decreto 806/2026, de 5 de octubre, por el que se disolvieron las Cortes Generales y se convocaron los comicios.

La candidatura del PP por la circunscripción de Ceuta aparece publicada en el Boletín Oficial del Estado del 28 de octubre, con Rafael Martínez Peñalver como cabeza de lista y Nabila Benzina como suplente. Un día después, el PSOE registró su denuncia ante la Junta Electoral Provincial para cuestionar la elegibilidad de ambos.

La resolución de este órgano electoral determinará si aprecia la irregularidad señalada por los socialistas y qué consecuencias tiene sobre la candidatura popular. Hasta entonces, la denuncia recoge la interpretación jurídica y las solicitudes planteadas por el PSOE, no una decisión de la Junta Electoral sobre el fondo del asunto.

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