Las enfermeras de Ceuta y Melilla siguen sin prescribir por los retrasos de INGESA

Enfermería

En otras autonomías, el colectivo sanitario ya puede recetar los medicamentos que les permite el Ministerio, que sigue sin hacer los deberes en los únicos territorios de su competencia

La presidenta del Colegio de Enfermería de Ceuta, Rosa Fuentes, este miércoles en unas jornadas de sensibilización
La presidenta del Colegio de Enfermería de Ceuta, Rosa Fuentes, este miércoles en unas jornadas de sensibilización | Reduan Dris

La presidenta del Colegio Oficial de Enfermería (COE) de Ceuta, Rosa Fuentes, ha aprovechado la jornada de sensibilización celebrada este miércoles en el Paseo del Revellín para insistir en una de las reivindicaciones que arrastran desde hace años en las dos ciudades autónomas, las únicas cuyos sistemas sanitarios dependen directamente del Ministerio de Sanidad. Las enfermeras de ambas áreas de salud siguen sin poder prescribir los medicamentos autorizados desde el Gobierno nacional porque sus gestores no hacen los deberes. “La contestación es que en breve lo hacemos. Llevamos así desde 2015”, ha lamentado Fuentes junto al stand informativo instalado bajo la plaza Nelson Mandela para dar visibilidad al colectivo sanitario.

Hace 10 años, Sanidad aprobó un texto legal que permitía la indicación, uso y autorización de dispensación de determinados medicamentos y productos sanitarios de uso humano por parte de enfermeros (el Real Decreto 954/2015). Aquello fue una revolución para el colectivo, ya que la tarea había estado limitada hasta entonces solo a los médicos, los odontólogos y los podólogos. Al carecer de competencias de asistencia sanitaria en las Comunidades Autónomas (CCAA), el Ministerio se dedica desde entonces a publicar guías que unifican criterios para Para facilitar la implementación de la prescripción enfermera en diferentes materias. En total, se han publicado hasta el momento nueve guías, centradas en heridas, hipertensión, quemaduras, diabetes o fiebre.

Estos textos respaldan jurídicamente una práctica que, según el colectivo, lleva años realizándose en la práctica, como es que las enfermeras puedan autorizar que un paciente tome un paracetamol en caso de dolor intenso o que un diabético se inyecte insulina. A partir de las nueve guías, las Consejerías de Sanidad de las diferentes CCAA deben desarrollar sus propios protocolos para que el personal de Enfermería de sus áreas de salud pueda prescribir. En Ceuta y Melilla, el INGESA aún no lo ha hecho, lo cual suena irónico para Rosa Fuentes, al tratarse de los únicos territorios cuya gestión compete al Ministerio que se ha encargado de elaborar las guías.

La presidenta del COE reconoció que la puesta en marcha de estas medidas no está siendo homogénea en todo el Sistema Nacional de Salud (SNS), al haber comunidades que están muy adelantadas y otras que, como ocurre en las ciudades autónomas, aún tienen la tarea pendiente. “Aquí no sacan las guías específicas de Ceuta y Melilla, y no podemos seguir adelante en esta competencia que tenemos”, criticó. Fuentes aseguró que en los centros de salud los enfermeros sí están extendiendo algunos medicamentos, pero el campo de actuación es limitado. “Hasta que no empiecen a editar las guías correspondientes, que ya tenemos nueve, no podremos prescribir”, insistió.

La prescripción enfermera

Las guías de prescripción enfermera del Ministerio son posibles gracias a la aprobación del Real Decreto 954/2015, de 23 de octubre, sobre la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano por parte de los enfermeros. Este texto nació para completar la conocida como Ley del Medicamento, que data de 2006 (Ley 29/2006, de 26 de julio, de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios), ya que tan solo contemplaba la prescripción de fármacos por parte de médicos, odontólogos y podólogos. Tras el RD de 2015, el Gobierno aprobó el Real Decreto 1302/2018, de 22 de octubre, que modificó el anterior para ampliar las competencias enfermeras y clarificar los procedimientos de acreditación.

La ley de 2006 continúa vigente, aunque el departamento dirigido por la médica Mónica García está trabajando en su sustitución por una nueva Ley del Medicamento, cuyo anteproyecto fue aprobado en Consejo de Ministros el 8 de abril de este año. Una de las novedades que incluye es la ampliación de las competencias profesionales: el texto habilita a los profesionales de enfermería y a los fisioterapeutas para indicar o prescribir medicamentos dentro de sus competencias atribuidas, un cambio que reconoce su papel asistencial y profesional.

Las nueve guías aprobadas por el Ministerio son las siguientes: la primera guía, publicada en 2018, fue la dedicada a la diabetes tipo 1 y tipo 2. Esta autoriza a las enfermeras a ajustar insulinas, indicar material de autocontrol (como agujas, medidores de glucosa o tiras reactivas) y recomendar determinados productos sanitarios relacionados con el manejo de la enfermedad, siempre siguiendo los criterios clínicos establecidos.

La segunda guía se centra en la hipertensión arterial, uno de los problemas de salud más comunes en la población. Gracias a ella, las enfermeras pueden ajustar tratamientos bajo protocolos, controlar la adherencia y realizar seguimiento de pacientes, contribuyendo así a la detección precoz y al control efectivo de la presión arterial.

La tercera guía aborda el control de la anticoagulación oral, especialmente en pacientes tratados con fármacos como el acenocumarol. Permite que las enfermeras modifiquen la dosis de acuerdo con los resultados analíticos y los registros de control, mejorando la seguridad y reduciendo desplazamientos innecesarios.

La cuarta guía está dedicada a la vacunación, un ámbito en el que la enfermería ha tenido históricamente un papel protagonista. Esta guía consolida su capacidad para autorizar y administrar vacunas incluidas en los calendarios oficiales y en campañas especiales, como las de la gripe o la COVID-19, garantizando la cobertura y la eficiencia del proceso inmunológico.

La quinta guía regula la actuación enfermera en el tratamiento de heridas y úlceras por presión. Autoriza la indicación de antisépticos, cremas cicatrizantes, apósitos avanzados y productos sanitarios para la limpieza y curación de heridas crónicas. En la práctica, ha supuesto un avance fundamental para la atención domiciliaria y en residencias, donde las enfermeras asumen la primera línea de cuidados.

La sexta guía se dedica al manejo de quemaduras leves, un campo donde la intervención rápida y adecuada evita complicaciones. Con esta norma, las enfermeras pueden indicar productos para la limpieza, hidratación y cicatrización de la piel, así como materiales de cobertura adecuados para cada tipo de lesión.

La séptima guía está orientada a las ostomías, una de las áreas más sensibles del cuidado enfermero. Permite a las profesionales prescribir productos sanitarios como bolsas, placas o accesorios de protección cutánea, garantizando un cuidado integral y adaptado a las necesidades de cada paciente.

La octava guía aborda la salud sexual y reproductiva, un ámbito donde la enfermería desempeña un papel creciente. Incluye la posibilidad de indicar anticonceptivos, tratamientos tópicos para infecciones leves y productos de prevención, en el marco de los programas de planificación familiar y educación sanitaria.

Por último, la novena guía se centra en los productos sanitarios de uso general, que agrupan desde material de cura hasta productos ortopédicos o de apoyo funcional. Esta guía refuerza la autonomía profesional de la enfermería y facilita una gestión más ágil de los recursos en los centros sanitarios.

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