UGT pide aplicar ya las 35 horas en INGESA tras la resolución de Función Pública

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Recuerdan que se debe poner en marcha para todo el personal en breve, así pues, su regulación y comunicación a la Secretaría de Estado de Función Pública "ha de ser ágil".

Imagen de archivo del HUCE. / FOTO EL PUEBLO
Imagen de archivo del HUCE. / FOTO EL PUEBLO
Redacción
15 abr 2026 - 15:30

UGT Servicios Públicos Ceuta valora positivamente que hoy, 15 de abril, tal y como anunciaba el ministro, se haya publicado la Resolución de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se dictan instrucciones sobre jornada y horarios de trabajo del personal al servicio de la Administración General del Estado y sus organismos públicos. Con toda certeza resultará de aplicación al INGESA, que tendrá que hacer adaptaciones organizativas previa regulación negociada en la Mesa Sectorial y teniendo en cuenta a los Servicios de Salud Laboral, como ordena la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.

UGT-SP Ceuta recuerda que las 35 horas se deben hacer efectivas para todo el personal en breve, así pues, su regulación y comunicación a la Secretaría de Estado de Función Pública ha de ser ágil. Este asunto, sin duda, habrá de ser tratado en la próxima Mesa Sectorial del INGESA del día 23 de abril, aunque la medida se aplique, como dice la Resolución, a partir de mañana mismo. Las adaptaciones en la organización de los Centros afectarán a la gran mayoría de las y los profesionales y a la gran mayoría de los Servicios de las Instituciones de Ceuta, Melilla y CND.

En los casos que no sea posible la aplicación inmediata, cualquier jornada que haya resultado superior a mil quinientas treinta y tres (1533) horas anuales, (en la parte proporcional que reste para finalizar el año), deberán ser compensadas en los casos que proceda; teniendo en cuenta una equivalencia proporcional en las tablas de ponderación de referencia para el cálculo de jornada en los turnos rotatorios.

La Resolución no se limita a implantar las 35 horas, sino que tiene mayor calado al incluir cuestiones como la justificación de ausencias, periodos para formación, etc... Asimismo, es muy importante destacar las medidas relativas a la conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores, que regulan las fórmulas de trabajo flexible en la figura de la persona cuidadora; siendo esta «aquella persona que dispensa cuidados o presta ayuda a un familiar o a una persona que viva en el mismo hogar que el trabajador y que necesite asistencia o cuidados importantes por un motivo médico grave, conforme a lo definido por cada Estado miembro».

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