Abren expediente con sanción en Ceuta por incumplir la retirada de andamios que amenazaban la seguridad

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Según la resolución publicada, los hechos constituyen una infracción urbanística tipificada en el artículo 88 del Reglamento de Disciplina Urbanística, que prevé multas de entre el 10 y el 20 por ciento del valor de las obras necesarias para corregir las deficiencias. En este caso, la administración fija la sanción en 192,88 euros, equivalente al 15 % del coste estimado de los trabajos (1.285,88 euros)

E.P.
L.B.
22 oct 2025 - 08:18

Ceuta/ La Ciudad Autónoma de Ceuta ha hecho público este miércoles, a través del Boletín Oficial del Estado , el inicio de un procedimiento sancionador contra los propietarios de un inmueble situado en la Calle Cívico Murciano. La actuación se produce tras comprobarse el incumplimiento de la orden de ejecución emitida el pasado 18 de agosto, que obligaba a la retirada de los andamios instalados en la fachada del edificio.

El expediente administrativo se señalaba que la estructura presentaba condiciones que suponían un riesgo para la seguridad pública. Pese a la orden emitida, la propiedad no habría procedido a ejecutar las actuaciones exigidas, lo que ha motivado la apertura formal del expediente sancionador.

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Según la resolución publicada, los hechos constituyen una infracción urbanística tipificada en el artículo 88 del Reglamento de Disciplina Urbanística, que prevé multas de entre el 10 y el 20 por ciento del valor de las obras necesarias para corregir las deficiencias. En este caso, la administración fija la sanción en 192,88 euros, equivalente al 15 % del coste estimado de los trabajos (1.285,88 euros).

El acuerdo establece además posibles reducciones: un 20 % por reconocimiento voluntario de responsabilidad, otro 20 % por pago anticipado, o una bonificación acumulada del 40 % si se realizan ambas acciones, lo que dejaría el importe final en 115,73 euros. Estas condiciones estarán sujetas a la presentación de los escritos correspondientes ante el Registro General de la Ciudad o por los medios previstos en la Ley 39/2015.

Al respecto, los interesados disponen de un plazo de diez días hábiles desde la notificación o publicación para formular alegaciones y aportar documentación. Durante ese tiempo, el expediente podrá ser consultado en la Unidad Administrativa de Licencias de Obra Menor, Disciplina Urbanística, Inspección de la Edificación y Uso de la Vía Pública, ubicada en la segunda planta del Palacio de la Asamblea.

Así las cosas, contra este decreto, que agota la vía administrativa, y en cumplimiento de lo previsto en el artº 112.1 de la Ley 39/2015 Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, podrá interponer recurso potestativo de reposición, que cabrá fundar en cualquiera del los motivos de nulidad y anulabilidad previstos en los artículos 47 y 48 de dicha Ley, ante el mismo órgano que dictó el acto en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la notificación o publicación del mismo.

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