El BOCCE publica la resolución provisional de las ayudas del 0,7 % del IRPF destinadas al tercer sector

BOCCE

La publicación abre un plazo de siete días hábiles para que las entidades interesadas presenten alegaciones, acepten la subvención o, en su caso, reformulen sus proyectos cuando la cuantía asignada sea inferior a la solicitada

E.P.
L.B.
26 nov 2025 - 11:01

Ceuta/ La Ciudad Autónoma de Ceuta ha publicado este miércoles, en un BOCCE extraordinario, la propuesta de resolución provisional de las subvenciones financiadas con cargo al 0,7 % del IRPF y del Impuesto sobre Sociedades, destinadas a programas de interés general desarrollados por entidades del Tercer Sector. La cuantía total asignada a Ceuta para el ejercicio 2025 asciende a 3.005.969,81 euros.

Estas ayudas proceden del sistema estatal de distribución acordado entre el Gobierno y las comunidades autónomas, que establece un reparto del 80 % para los tramos autonómicos y del 20 % para la Secretaría de Estado de Derechos Sociales. La convocatoria fue aprobada por el Consejo de Gobierno el 9 de septiembre y publicada el 12 de septiembre en el BOCCE.

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La Comisión de Valoración se constituyó el 20 de noviembre de 2025 para examinar las solicitudes presentadas conforme a los criterios establecidos en las bases reguladoras. Tras la revisión documental y la evaluación de los proyectos, la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales ha formulado la propuesta de resolución provisional, que incluye el listado de entidades propuestas como beneficiarias y las solicitudes denegadas o excluidas.

La publicación abre un plazo de siete días hábiles para que las entidades interesadas presenten alegaciones, acepten la subvención o, en su caso, reformulen sus proyectos cuando la cuantía asignada sea inferior a la solicitada. En estas reformulaciones deberá mantenerse, como mínimo, la proporción de aportación comprometida inicialmente por cada entidad.

Cuando en la solicitud no se hubieran previsto fondos propios y la cantidad concedida sea menor, las organizaciones deberán aportar la diferencia directamente o mediante financiación de terceros. La normativa recuerda que la falta de presentación de la reformulación dentro del plazo supondrá el mantenimiento del contenido de la solicitud inicial.

La Ciudad aclara que esta resolución provisional no genera derechos económicos para las entidades incluidas y que las cuantías quedarán firmes únicamente tras la publicación de la resolución definitiva. No podrán realizarse modificaciones presupuestarias posteriores salvo en los supuestos expresamente previstos en las bases.

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