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Ceuta/ El Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta (BOCCE) publica este viernes el decreto de la Consejería de Urbanismo y Transporte, por el que se declara la calle Mohamed Hamed Abderrahman como vía saturada de reservas de estacionamiento de uso exclusivo para personas con discapacidad.
La resolución, fechada el 16 de octubre de 2025, se adopta tras la tramitación de un expediente instruido de oficio por la Unidad Administrativa LODIU, motivado por la falta de espacio disponible para nuevas reservas de estacionamiento en dicha vía. Según el informe técnico n.º 1.563/25, emitido el 7 de octubre de 2025, la calle dispone actualmente de 31 plazas de estacionamiento, de las cuales cuatro están destinadas a uso exclusivo para personas con discapacidad, además de una reserva genérica de carácter rotatorio.
El informe constata un uso intensivo de las reservas exclusivas, similar al detectado en otras zonas de la ciudad con escasez de aparcamientos dotacionales. En este contexto, la ratio actual de plazas reservadas para personas con discapacidad en la calle Mohamed Hamed Abderrahman asciende a seis por cada cuarenta plazas —una cifra que supera ampliamente el mínimo legal establecido en el Real Decreto 1056/2014, que exige una plaza por cada cuarenta o fracción—.
El documento recuerda que la normativa nacional y la Orden TMA 851/2021, que desarrolla las condiciones básicas de accesibilidad en los espacios públicos urbanizados, obligan a garantizar la existencia de plazas reservadas, pero también a mantener un equilibrio con el uso general del espacio público.
Ante la saturación detectada, el decreto establece que no se autorizarán nuevas reservas, renovaciones o traslados de plazas exclusivas en la vía afectada. En su lugar, las actuales reservas se irán sustituyendo progresivamente por plazas genéricas sin limitación horaria, destinadas al uso rotatorio por titulares de tarjetas de estacionamiento para personas con discapacidad. Esta medida tiene como objetivo optimizar el aprovechamiento del espacio urbano.
El decreto recuerda además los derechos de los titulares de la tarjeta de estacionamiento, recogidos en el artículo 7 del Real Decreto 1056/2014, entre ellos el estacionamiento en plazas reservadas, el uso de zonas de tiempo limitado o carga y descarga cuando sea necesario, y el acceso a áreas restringidas a residentes.
Por último, la resolución ordena el traslado de las instrucciones a los servicios competentes para la ejecución efectiva de la medida. Contra el decreto, que agota la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado competente en un máximo de dos meses, conforme a lo previsto en la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la Ley 29/1998 reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
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