Intentan comunicar a un ceutí una multa de 200€ por aparcar en zona de visibilidad reducida

BOE

La publicación en el BOE se produce al amparo del artículo 44 de la misma ley, que permite la notificación mediante anuncio oficial cuando el intento de comunicación directa con el interesado resulta infructuoso

El anuncio también especifica los fundamentos legales del procedimiento, destacando que las denuncias realizadas por los agentes de la autoridad gozan de valor probatorio salvo prueba en contrario
El anuncio también especifica los fundamentos legales del procedimiento, destacando que las denuncias realizadas por los agentes de la autoridad gozan de valor probatorio salvo prueba en contrario | E.P.
L.B.
06 nov 2025 - 08:48

Ceuta/ La Ciudad Autónoma de Ceuta ha publicado hoy en el Boletín Oficial del Estado una resolución sancionadora por infracción grave de tráfico, tras no haberse podido practicar la notificación al titular del vehículo implicado, según consta en el anuncio oficial.

El expediente se originó a raíz de una denuncia formulada por los agentes encargados de la vigilancia del tráfico. El motivo de la sanción fue estacionar un vehículo en una zona de visibilidad reducida, obstaculizando gravemente la circulación y generando peligro para otros conductores, conducta que se encuentra tipificada como infracción grave en el artículo 91.1.5D del Reglamento General de Circulación.

La resolución impone al infractor una multa de 200 euros, sin detracción de puntos en el carné de conducir. El documento recuerda que la infracción se enmarca dentro de lo dispuesto en los artículos 76 y 80 del Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, que regula las sanciones por incumplimiento de las normas de tráfico.

El anuncio también especifica los fundamentos legales del procedimiento, destacando que las denuncias realizadas por los agentes de la autoridad gozan de valor probatorio salvo prueba en contrario. Asimismo, se indica que el expediente ha sido tramitado conforme a lo previsto en la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

La publicación en el BOE se produce al amparo del artículo 44 de la misma ley, que permite la notificación mediante anuncio oficial cuando el intento de comunicación directa con el interesado resulta infructuoso.

El decreto, que agota la vía administrativa, podrá ser objeto de recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes, o bien impugnado ante la jurisdicción contencioso-administrativa en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la notificación.

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