Dejan vacante el puesto V-27 del Mercado Central tras la renuncia de su titular
Comercio
Según el texto publicado, la interesada formalizó su renuncia mediante comparecencia ante la Administración de Mercados el 16 de octubre de 2023, entregando las llaves del puesto y cumpliendo con los requisitos establecidos en el Reglamento de Mercados de Ceuta
Ceuta/ La Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Ciudad Autónoma de Ceuta ha publicado este viernes, 7 de noviembre, en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta (BOCCE), el decreto por el que se acepta la renuncia presentada por la titular del puesto V-27 del Mercado Central, procediendo a su baja en el Padrón de Mercados.
Según el texto publicado, la interesada formalizó su renuncia mediante comparecencia ante la Administración de Mercados el 16 de octubre de 2023, entregando las llaves del puesto y cumpliendo con los requisitos establecidos en el Reglamento de Mercados de Ceuta. Este reglamento, aprobado por el Pleno de la Asamblea en 1998, establece en su artículo 18 que la concesión de un puesto se extingue cuando el titular presenta renuncia por escrito, y en su artículo 19 obliga a dejar el espacio libre de mercancías o enseres personales.
El decreto recuerda además el marco legal que ampara esta decisión, citando tanto el Estatuto de Autonomía de Ceuta como la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local, que atribuyen a los municipios las competencias en materia de mercados, abastos y defensa de los consumidores. Asimismo, se apoya en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cuyo artículo 94 regula el derecho de cualquier interesado a renunciar a sus derechos o desistir de una solicitud.
El documento publicado en el BOCCE indica que contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano en el plazo de un mes, o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Ceuta en el plazo de dos meses, conforme a lo previsto en la legislación vigente.
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