El Ingreso Mínimo Vital llegó en febrero a 3.081 hogares ceutíes en los que viven 12.501 personas

Prestaciones

La cuantía media de la prestación fue de 682,88 euros al mes por hogar. En conjunto la nómina de este mes ascendió el mes pasado a 2.171.583,06 euros.

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Redacción
06 mar 2026 - 17:01

La nómina del Ingreso Mínimo Vital (IMV) ha llegado en febrero a 3.081 hogares ceutíes en los que viven 12.501 personas, según la última estadística publicada por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). La cuantía media de la prestación es de 682,88 euros al mes por hogar. En conjunto la nómina de este mes ha ascendido a 2.171.583,06 euros.

La Encuesta de Condiciones de Vida de 2025 realizada por el Instituto Nacional de Estadística (INE) confirma una reducción de la tasa de pobreza en España entre las mujeres en edad de trabajar respecto a 2024.

La evolución de los indicadores consolida una tendencia de mejora general. En este contexto, el IMV -con dos tercios de beneficiarias y más de la mitad de las titulares mujeres- refuerza su papel como instrumento clave para combatir la vulnerabilidad económica femenina, especialmente en las familias monoparentales, que perciben un complemento del 22%. En el 96% de estos hogares, la única persona adulta es una mujer.

El IMV constituye de forma particular una herramienta esencial en la lucha contra la pobreza infantil en España, ya que incrementa la cuantía de la prestación en función del número de menores existentes en la unidad de convivencia. Actualmente, el 40,9% de los beneficiarios son menores de edad, lo que supone 1.013.102 niñas, niños y adolescentes protegidos por esta prestación.

El IMV es una prestación de la Seguridad Social que garantiza un nivel mínimo de ingresos a los hogares en situación de vulnerabilidad y que se puso en marcha hace más de cinco años. Se configura como un derecho subjetivo, adaptado a la realidad de cada unidad de convivencia, y constituye un instrumento clave en la lucha contra la pobreza y la exclusión social.

Para solicitar el IMV, es necesario haber residido en España de forma legal, efectiva y continuada durante al menos el año anterior. La residencia se demuestra mediante la inscripción en el registro central de extranjeros en el caso de ciudadanos comunitarios y suizos, o con la correspondiente autorización en el caso de personas de terceros países. El domicilio en España se verifica con certificado de empadronamiento y la unidad de convivencia se demuestra mediante el libro de familia, certificados del registro civil o datos padronales.  Además, tanto la persona solicitante como el resto de los miembros de su hogar deben encontrarse en situación de vulnerabilidad económica, al no disponer de ingresos o patrimonio suficientes.

 El IMV es compatible con rentas del trabajo y contempla incentivos para favorecer la inserción laboral y mejorar las condiciones de vida de las familias. Asimismo, el nuevo sistema de doble revisión de ingresos implantado permite a las familias conocer de antemano la actualización de su prestación. Como consecuencia, desde el mes de mayo los beneficiarios saben ya si, en función de los ingresos del año anterior, su prestación se incrementará, se reducirá o se extinguirá.

 

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