El Constitucional declara nula e inconstitucional por unanimidad la ley del referéndum catalán del 1-O

El Pleno del Tribunal Constitucional ha declarado este martes por unanimidad la inconstitucionalidad y nulidad de la Ley de Referéndum aprobada por el Parlamento de Cataluña el pasado 6 de septiembre y que fue suspendida cautelarmente un día después. Dicha suspensión supuso la prohibición expresa de celebración de la consulta del pasado 1-0 sobre la que se sustentan los planes secesionistas del Gobierno de Cataluña.

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En su decisión el Tribunal afirma que "la norma invade competencias estatales en materia de consultas de carácter referendario y vulnera, entre otros principios constitucionales, la supremacía de la Constitución, la soberanía nacional y la indisoluble unidad de la Nación española".

El tribunal rechaza que la Constitución recoja el derecho de autodeterminación, entendido como "’derecho’ a promover y consumar su secesión unilateral del Estado en el que se constituye España" y desmonta la afirmación recurrente de los independentistas de que forma parte del ordenamiento jurídico por vía de tratados internacionales firmados por España.

"El derecho de libre autodeterminación" ha quedado limitado en "diversas resoluciones inequívocas de las Naciones Unidas" a los casos de "sujeción de pueblos a una subyugación, dominación y explotación extranjeras", recuerda el TC. "Todo intento encaminado a quebrantar total o parcialmente la unidad nacional y la integridad territorial de un país es incompatible con los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas", dice.

El texto, del que ha sido ponente el Magistrado Andrés Ollero, incide en que "un poder que niega expresamente el derecho se niega a sí mismo como autoridad merecedora de acatamiento".

Sobre la invasión de competencias, el Tribunal recuerda que el Estado tiene competencia exclusiva en "el instituto del referéndum", en cualquier "modalidad o ámbito territorial". Un referéndum concebido para la "redefinición de la identidad y unidad del sujeto titular de la soberanía" solo puede encauzarse mediante reforma constitucional.

La ley del referéndum catalán es "con toda evidencia, inconstitucional" porue es contraria a "principios esenciales de nuestro ordenamiento constitucional: la soberanía nacional, residenciada en el pueblo español, la unidad misma de la Nación constituida en Estado social y democrático de Derecho, y la propia supremacía de la Constitución". A esa supremacía está sujeto también, recuerda la sentencia, el Parlament catalán.

La permanencia o no de Cataluña en el Estado no podría ser decidida, advierte el titular, solo por Cataluña, sino por todos los ciudadanos de España. "Lo contrario entrañaría, con la ruptura de la unidad de la ciudadanía, la quiebra, en términos jurídico-constitucionales, de la Nación de todos".

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