‘Canty’, condenado a tres años y medio por disparar contra un furgón policial
TRIBUNALES
M.B.H. ha aceptado los cargos que pesaban contra él y ha quedado absuelto ‘Piolín’, a quien se acusaba de haber lanzado piedras contra los agentes
Este miércoles, la Sección VI de la Audiencia Provincial de Cádiz, con sede en Ceuta, ha condenado con un total de tres años y seis meses de prisión a M.B.H., alias ‘Canty’, por haber disparado contra un furgón policial el 29 de junio de 2019. El acusado ha aceptado los cargos que pesaban contra él y le han sido impuestos 30 meses de privación de libertad por un delito de tentativa de homicidio y un año más de cárcel por tenencia ilícita de armas. I.M.A., conocido popularmente como ‘Piolín’, estaba imputado en la misma causa por haber supuestamente lanzado piedras contra los agentes del vehículo tras el tiroteo, pero uno de los policías que participó en el operativo ha declarado que no fue identificado y finalmente ha sido absuelto de estos cargos.
Inmediatamente después del juicio contra el uso de narcodrones a finales de 2020 se despejaba la sala de vistas de la Audiencia Provincial en Ceuta, a excepción de dos letrados; el abogado de M.B.H. (que hacía la sustitición de otro compañero este miércoles) y la letrada que defiende los intereses de I.M.A.
Los operadores jurídicos, excepto el fiscal, permanecían aún por los pasillos de la sala y minutos después hacían pasar a los dos recién condenados en la anterior vista. Aprovechando que ambos acusados se encontraban en Ceuta para el primer procedimiento, ya que cumplen penas de prisión en la península, se celebraba un juicio rápido por adelantado, pues este estaba previsto para marzo del próximo año.
Solo uno de los policías implicados en el tiroteo ha declarado como testigo de los hechos, relatando a la fiscal que acudió montado en el furgón, que observó cómo ambos investigados salían de un cafetín del zoco del Príncipe el día de autos y que M.B.H. disparó contra el vehículo con un arma de fuego.
También explicó que luego él y sus compañeros fueron apedreados por otros jóvenes que se encontraban en el lugar, si bien no pudieron determinar la identidad de los agresores. Descartaba así expresamente la implicación en estos hechos de ambos acusados. Posteriormente, tanto la Fiscalía como las defensas renunciaban al resto de sus testigos; principalmente al testimonio de más policías propuestos por parte de la acusación.
Faltaban las declaraciones de los acusados, y fue I.M.A. quien pasó primero al micrófono y respondió a la fiscal que no tenía "nada que ver” con el delito. Finalmente, M.B.H. reconoció su participación en el tiroteo solo respondiendo a las preguntas de su abogado, José Luis Pizarro, al que también le dijo que no arrojó piedras contra los agentes.
En unas cortas conclusiones, la Fiscalía retiraba la acusación contra ambos por sendos delitos de atentado y modificaba el primer cargo contra ‘Canty’, pasando a ser de homicidio en grado de tentativa.
Las defensas se adhirieron a la petición del Ministerio Público y la presidenta del tribunal, Rosa de Castro, dictó la sentencia in voce en los términos anteriomente expuestos.
En ambos delitos se concurre en la atenuante muy cualificada de dilaciones indebidas por la lejanía de los hechos en el tiempo, lo que ha rebajado la condena. No cabe la suspensión de la pena para M.B.H., que también deberá pagar la mitad de las costas del procedimiento. La sentencia es firme.