Vivas admite que la reforma para frenar las entradas por mar pudo impulsarse antes

Crisis migratoria

El presidente reconoce que el Gobierno debió anticiparse al fallo del Supremo, después de que un juzgado de Ceuta declarara ilegales las devoluciones en caliente por vía marítima en 2024

El presidente de Ceuta, Juan Vivas, durante la comparecencia ofrecida este miércoles
El presidente de Ceuta, Juan Vivas, durante la comparecencia ofrecida este miércoles | Reduan Dris

Ceuta/ El presidente de Ceuta, Juan Vivas, ha admitido este miércoles que su Gobierno podría “haber tenido la previsión” de que las sentencias que se estaban emitiendo desde septiembre de 2024 contra las devoluciones en caliente en el mar podían desembocar, como ha ocurrido finalmente, en una resolución firme del Tribunal Supremo que ha provocado una “crisis migratoria”. El jefe del Ejecutivo cree que “se podría haber intentado modificar la ley (de Extranjería con anterioridad” al pronunciamiento final y definitivo de la máxima instancia judicial.

El barón popular ha comparecido para presentar una serie de propuestas encaminadas a atajar la emergencia migratoria que asola a la ciudad desde la pasada semana, en la que han entrado 1.500 migrantes a nado. Vivas fue preguntado sobre si considera que las administraciones podrían haber previsto el fallo del Supremo y sus consecuencias dado que un juzgado de Ceuta, en septiembre de 2024, fue el primero en manifestar la ilegalidad de aplicar la figura del rechazo en frontera (la devolución en caliente sin antes abrir un procedimiento administrativo a la persona) a las personas que entren por el mar. De esta manera, el juez justificó su fallo a favor de un migrante argelino que denunció su retorno a Marruecos tras ser interceptado en aguas de Ceuta.

Juan Vivas ha confesado que se pudo haber previsto, aunque su preocupación es ahora resolver la contingencia: “Estamos donde estamos, y, por tanto, lo que creemos que procede ahora es abordarlo. Entre las distintas actuaciones de emergencia que he mencionado, una de ellas es efectivamente la reforma de la ley”. El Gobierno de Ceuta pide modificar la disposición adicional décima de la Ley de Extranjería, que establece un régimen especial para Ceuta y Melilla sobre la figura del rechazo en frontera. Según la norma, solo podrá recurrirse a la devolución en caliente cuando el migrante es detectado mientras intenta superar un elemento de contención fronterizo. Puede ser la valla, o el espigón. El problema es que los extranjeros que cruzan a nado lo hacen bordeando ese elemento de contención, por lo que en estos casos la excepción no es aplicable.

El Ejecutivo ceutí pide matizar la normativa y que se legalice la devolución de aquellos detectados bordeando el espigón del Tarajal. Solicitud que coincide con una iniciativa da por el Partido Popular en el Congreso de los Diputados. Los populares piden, precisamente, modificar esa disposición y dejar expresamente recogido que el régimen especial de rechazo en frontera pueda aplicarse a quienes intenten entrar de forma irregular en territorio nacional por cualquier punto no habilitado, tanto por vía terrestre como marítima. Iniciativa que la Ciudad Autónoma apoya de lleno, como ha recordado hoy Vivas.

Las sentencias

Todo comenzó con la denuncia presentada por un ciudadano argelino contra la devolución en caliente que sufrió al entrar a nado en Ceuta. Representado por las asociaciones Coordinadora de Barrios, No Name Kitchen y el Servicio Jesuita a Migrantes, el varón relató que fue retornado a las autoridades marroquíes sin antes ser sometido a un procedimiento administrativo en cumplimiento de la Ley de Extranjería española y del Pacto Europeo sobre Migración y Asilo. La primera, en su disposición adicional décima, permite las expulsiones inmediatas de migrantes en la frontera sin necesidad de poner en marcha un proceso formal solo en los casos de aquellos que intentan entrar superando un elemento de contención fronterizo.

A fecha del 4 de septiembre de 2024, el Juzgado de lo contencioso administrativo número 2 de Ceuta, y posteriormente el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, le dio la razón al argelino, al entender que quien entra a nado no supera un elemento de contención. El juez puso de manifiesto que los extranjeros que accedan a España por el mar “tienen derecho a asistencia letrada” y a la apertura de un procedimiento administrativo antes de decidirse la denegación de su entrada o expulsión del territorio.

La sentencia se ha hecho firme recientemente, con la resolución del Tribunal Supremo, que coincide con el juzgado ceutí y el TSJA. Una vez conocida la resolución definitiva del TS, las autoridades desplegadas para el control fronterizo en Ceuta y Melilla no pueden seguir devolviendo a los nadadores a Marruecos. La queja de Rachid Sbihi y de varios agentes de la Guardia Civil contactados por El Pueblo de Ceuta radica en que hayan tenido que esperar a que se pronuncie el Supremo para actuar. “La batalla del argelino se resolvió aquí hace dos años. Esta situación tenía que haberse previsto. Se sabía qué consecuencias iba a traer esta sentencia”, reprocha.

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