‘Popis’ y ‘Castaña’ serán condenados a más de 11 años de prisión por disparar a dos policías

TRIBUNALES

Los acusados han reconocido los hechos y se han mostrado conformes con las penas solicitadas por la Fiscalía. El tiroteo contra los dos agentes se produjo tras el homicidio del cabo Dris

Juicio contra 'Popis' y 'Castaña' del martes 21 de octubre
Juicio contra 'Popis' y 'Castaña' del martes 21 de octubre | S.C.

Ceuta/ Ambos autores del homicidio del cabo primero de Regulares Dris Amar Mohamed, H.M.A. —alias ‘Popis’— y A.D.A. —‘Castaña’—, han reconocido este martes en la sala de vistas de la Sección VI de la Audiencia Provincial de Cádiz, con sede en Ceuta, haber cometido los delitos posteriores a la muerte del militar: haber disparado contra dos policías nacionales de la Unidad de Droga y Crimen Organizado (UDYCO) y luego haber allanado la vivienda de una vecina tras haber emprendido la huida del garaje del Poblado Legionario donde perpetraron el crimen.

El único juicio señalado para este 21 de octubre (con continuación el miércoles) en la sala de vistas de la Audiencia en Ceuta encausaba el intento de asesinato de los referidos agentes y el atentado contra la autoridad cometido por estos hechos. Estaba previsto que comenzara a las 9:30 de la mañana, pero una avería informática y una prolongada negociación de las defensas con la Fiscalía ‘se comieron’ el comienzo de la jornada.

A las 12:00 entraban los acusados y pronto comenzaba el interrogatorio por parte de la fiscal que se ha encargado de estas tres causas separadas, Sheila Vilches.

—¿Disparó usted al funcionario con la intención de acabar con su vida? —preguntó la la representante del Ministerio Público a cada uno, entre otras cuestiones; cosechando respuestas afirmativas en ambos casos.

Los reos reconocieron los hechos y se mostraron conformes con las penas solicitadas por la Fiscalía: 11 años, cuatro meses y dos días de prisión para ‘Popis’ y un mes menos para ‘Castaña’ por un delito de homicidio en grado de tentativa contra cada agente, en concurrencia con un ilícito de atentado contra la autoridad. La diferencia entre las penas se explica porque el segundo es reincidente del delito de atentado.

'Popis' responde a las preguntas de la fiscal.
'Popis' responde a las preguntas de la fiscal. | S.C.

A las penas privativas de libertad hay que sumar una orden de alejamiento de 200 metros y de incomunicación de ‘Popis’ contra uno de los agentes de 11 años, cuatro meses y dos días, y una misma medida para ‘Castaña’ contra el otro policía de 11 años, tres meses y dos días. También se les destierra de la ciudad de Ceuta a cada uno por los mismos periodos temporales anteriormente señalados.

En un principio se pidieron, en la vista suspendida en el pasado mes de mayo, 36 años de prisión para cada uno por el tiroteo contra los policías, si bien en el procedimiento de este martes se ha tenido en cuenta que ya fueron condenados por tenencia ilícita de armas en el juicio con jurado popular por el homicidio del cabo de Regulares.

En esa vista acabaron sentenciados ambos acusados a 22 años y medio de prisión, a los que deberán sumar la sentencia de esta nueva solicitud del Ministerio Público, que será ratificada en los próximos días.

Si bien el juicio parecía una conformidad —lo que hubiera permitido al tribunal dictar sentencia in voce—, al final se ha celebrado como una vista ordinaria, con la diferencia de que ambas partes han renunciado al resto de pruebas documentales y testificales ante el reconocimiento de los hechos.

Esta conformidad ha evitado la comparecencia de más de 30 testigos policías nacionales que estaban llamados a declarar este martes, al igual que tres miembros de la Policía Científica en calidad de peritos. Para el miércoles, por otra parte, había cuatro testigos civiles más, entre ellos un familiar del cabo Dris.

“No pertenezco a ninguna banda ni a ninguna organización criminal”

En el ejercicio del derecho a su última palabra en el juicio por el tiroteo a los policías, ‘Castaña’ —A.D.A.— aclaró al tribunal que no pertenece “a ninguna banda organizada ni a ninguna organización criminal”; una declaración a la que se ha adherido ‘Popis’ —H.M.A.— con estas palabras: “El compañero lo ha dicho todo”.

Sobre este respecto, por el delito de homicidio cometido contra el cabo Dris fue tenida en cuenta la concurrencia de una agravante de pertenencia o integración a organización criminal, y los agentes que declararon señalaron a ambos como “sicarios” de la apodada ‘banda del Piolín’ o del “cártel del Ángulo”, un grupo muy activo en Ceuta en el momento de los hechos y desmantelado en gran medida en el operativo policial que se conoció como ‘Operación Plomo’.

Al igual que en la sentencia del homicidio del cabo Dris, en el tiroteo a los agentes de la UDYCO concurre la agravante de uso de disfraz por haber realizado los disparos pertrechados con pasamontañas, un hecho que también han reconocido ante la Fiscalía.

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